Tribunal de Japón declara inconstitucional normativa de registro civil para personas trans

La ley exige que para el cambio de género se debería hacer una esterilización; el demandante, un hombre trans, consideró la medida injusta y violatoria de sus derechos humanos.

EXCELSIOR

En una decisión histórica que marca un hito para los derechos de las personas transgénero en Japón, el Tribunal de Familia del Distrito de Shizuoka declaró inconstitucional la normativa que exigía la esterilización como requisito para el cambio legal de género. Esta medida, que ha sido aclamada como un paso crucial hacia diversidad sexual, se tomó en respuesta a la demanda presentada por Gen Suzuki, un individuo transgénero que se identifica como hombre pero está registrado como mujer en los documentos oficiales.

La normativa japonesa previa establecía que para cambiar el género en el registro civil, una persona debía someterse a una operación completa de cambio de sexo que implicara la esterilización, una exigencia que Suzuki consideró injusta y violatoria de sus derechos humanos. A pesar de haber recibido tratamiento hormonal y cirugías plásticas, Suzuki argumentó que una operación quirúrgica adicional con esterilización tendría un impacto negativo en su salud física y mental.

El Tribunal de Shizuoka respaldó la causa de Suzuki, argumentando que las circunstancias sociales en Japón han evolucionado significativamente desde la implementación de la normativa controvertida, reflejando una creciente comprensión pública y apoyo hacia una sociedad que respeta la diversidad sexual.

Aunque esta decisión no tiene carácter vinculante a nivel nacional, representa un avance significativo en la lucha por los derechos de las personas transgénero en Japón. Anteriormente, en un caso similar hace cuatro años, el Tribunal Supremo de Japón no consideró inconstitucional la normativa vigente, pero dejó abierta la posibilidad de modificarla en función de los cambios en las condiciones sociales del país.

 

Este fallo se suma a otros acontecimientos recientes que han marcado un cambio en la actitud de Japón hacia los derechos de las personas LGBT. En julio, el Tribunal Supremo invalidó una normativa que restringía el acceso a los baños para una trabajadora transgénero, calificándola de “ilegal”.

Además, el Gobierno japonés aprobó en junio un proyecto de ley para promover la comprensión y protección de los derechos de las personas LGBT, en respuesta a las críticas sobre la falta de garantías legales en la legislación existente, que incluso permitía ciertas formas de discriminación. A pesar de estos avances, Japón sigue siendo el único país del G7 que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo. 

 

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